Censo de amianto 

De conformidad con lo establecido en la Disposición adicional decimocuarta de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminado para una Economía Circular, todos los Ayuntamientos tienen que elaborar un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto, incluyendo un calendario que planifique su retirada. Tanto el Censo como el calendario de retirada tendrán carácter público.

Con la finalidad de dar cumplimiento a lo contenido en la citada Ley, se publica el censo, a los efectos de su conocimiento:

Acceso al censo.

Asimismo, se le informa que cualquier trabajo de retirada del mismo debe ser efectuada por una empresa inscrita en el Registro de Empresas con Riesgo por Amianto, requiriendo la aprobación de un plan de trabajo para actividades con exposición a fibras de amianto por la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de la preceptiva licencia de obra municipal. Puede consultar el procedimiento en este enlace.