La Comunidad de Madrid ordena el cierre de los establecimientos y comercios, excepto de alimentación y primera necesidad
El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, reunido con carácter extraordinario, ha ordenado esta tarde como medida de prevención por el coronavirus, el cierre de establecimientos y comercios en toda la región. Esta medida afecta a restaurantes, cafeterías, salas de conciertos, salas de exhibiciones, auditorios, salas de exposiciones, cines, discotecas, teatros, salones de juego y recreativos, locales específicos de apuestas, casinos, parques de atracciones, gimnasios y bares de copas.
Con el objetivo de garantizar los suministros básicos y de alimentación a la población, seguirán abiertos con normalidad los comercios minoristas de alimentación, de venta de productos de primera necesidad y supermercados (fruterías, carnicerías, pescaderías, panaderías, farmacias, gasolineras, estancos y quioscos). En el caso de las grandes superficies solo podrán abrir la zona habilitada con este tipo de servicios. Queda suspendida la posibilidad de consumo en los propios establecimientos.
En el caso de las cafeterías, bares y restaurantes, solo podrán prestar servicios de entrega a domicilio o para su recogida en el local y consumo a domicilio. La permanencia en estos establecimientos deberá ser la estrictamente necesaria, se evitarán aglomeraciones y se controlará que empleados y consumidores mantengan la distancia de seguridad.
Estas medidas, que entrarán en vigor este sábado a las 00:00 horas una vez publicadas en el BOCM, estarán vigentes inicialmente hasta el 26 de marzo. Se adoptan con el objeto de facilitar el distanciamiento social al persistir un riesgo inminente y extraordinario para la salud de la población.
Más información en la página web de la Comunidad de Madrid.